Si donas a una ONG, además de contribuir a una causa solidaria, puedes deducirte parte del importe donado en tu siguiente declaración de IRPF (para personas físicas) y en el Impuesto de Sociedades (para empresas).
La Campaña de la Renta se abre en el mes de abril y los contribuyentes obligados pueden presentar su declaración a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. En la declaración se reflejarán los donativos realizados el año anterior y las deducciones a las que dan derecho.
¿Cuánto puedes desgravarte?
Deducciones si eres donante particular
Existen deducciones fiscales por donativos a ONG que pueden ir del 40% al 80% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). De los primeros 250€ que dones, te deduces 200€. Estos son los porcentajes de deducción actualizado tras la entrada en vigor el 1 de enero de 2024 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.
Esto aplica a fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002. Además, debes tener en cuenta si tu comunidad autónoma está sujeta a un régimen foral particular o si cuenta con deducciones adicionales.
Consulta más información sobre deducciones fiscales por donativos en esta noticia
Donar es mucho más asequible de lo que imaginas
Por ejemplo, si colaboras con una ONG con 25€ al mes en realidad solo te costará 6,5€ mensuales. Y si donas 50€ al mes serán 20,2€. ¿No crees que vale la pena colaborar con ONG?
Te lo explicamos en detalle y con ejemplos prácticos en esta noticia.
Calendario fiscal: del 1 de enero al 31 de diciembre
Cada año tienes hasta el 31 de diciembre para colaborar con entidades sin ánimo de lucro y maximizar las deducciones fiscales aplicables por donativos a ONG.
En abril, cuando se abra el periodo de presentación de IRPF y obtengas tu borrador, se reflejarán las aportaciones a ONG que hayas realizado durante el año anterior y las deducciones correspondientes. Si no aparecen, puedes añadirlas manualmente a partir de los datos consignados en el certificado de donación que te habrá facilitado la asociación o fundación con la que hayas colaborado.
Ten en cuenta que en la declaración de IRPF correspondiente a 2023 que se presentará a partir de abril de 2024 se aplicarán los porcentajes de deducción anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre. El 80% de deducción aplicará a los primeros 150€ donados, y la cantidad restante tendrá una deducción del 35% o del 40% si se ha donado al menos el mismo importe a la misma ONG en los dos ejercicios anteriores.
Las X, otra forma de colaborar que no te cuesta nada
Y cuando hagas tu declaración del IRPF tienes una oportunidad más de colaborar con ONG marcando la X Solidaria. Se trata de la casilla 106, denominada “Actividades de interés social”. A través de ella, podrás destinar el 0,7% del IRPF a la realización de proyectos sociales. No te costará más ni te devolverán menos y con tu aportación ayudarás a millones de personas mayores, con discapacidad, mujeres, jóvenes…
La casilla 105 corresponde al sostenimiento de la Iglesia Católica. Como se explica en la página de la campaña X tantos, la cantidad que se recibe de los contribuyentes que marcan la casilla 105 se reparte solidariamente desde el Fondo Común Interdiocesano.
A través de estas dos opciones, independientes y compatibles entre sí, podemos decidir el destino de hasta el 1,4% de nuestros impuestos. Es decir, 0,7% en la casilla 105 y 0,7% en la casilla 106.
Deducciones si eres persona jurídica (empresa)
El porcentaje de deducción por donativos a ONG en cuota en el Impuesto sobre Sociedades (IS) es del 40% (con el límite del 15% de la base imponible). Esta deducción se incrementa al 50% si se han realizado donativos de al menos el mismo importe a la misma entidad en los dos ejercicios anteriores. Esto aplica a fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002.
Más información sobre deducciones fiscales por donativos en esta noticia.
En la presentación del IS correspondiente a 2023 se aplicarán los porcentajes de deducción anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, es decir, el 35% o el 40% si se ha donado al menos el mismo importe a la misma ONG en los dos ejercicios anteriores. El límite será del 10% de la base imponible
Además puedes contribuir también a fines sociales marcando la X Solidaria cuando presentes el Impuesto de Sociedades (IS). Destinarás un 0,7% del impuesto a financiar proyectos sociales y no tiene ningún coste para tu empresa. El nombre completo de la casilla es “Opción del 0,7% de la cuota íntegra para fines sociales” y su número es 00073 en el modelo 200 y 069 en el modelo 220. Te contamos en detalle qué implica este gesto para las empresas y a qué se destinan los fondos.
¿Todos los donativos dan derecho a deducción?
No. Solo los realizados a organizaciones acogidas a la ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Para ello, deben cumplir una serie de condiciones: ser entidades sin ánimo de lucro y perseguir fines de interés general. Es el caso de las fundaciones y las asociaciones declaradas de utilidad pública.
En nuestro Buscador de ONG puedes localizar rápidamente organizaciones. Puedes filtrar por el colectivo al que quieres apoyar (infancia, mayores, inmigrantes, refugiados…), por tipo de actividad (educación, empleo, salud, emergencias…), por zona geográfica, por tamaño, por nombre… Encontrarás una amplia selección de ONG con información detallada sobre cada una de ellas. Todas las ONG con el sello Dona con Confianza están acogidas a la Ley 49/2002 y por lo tanto dan derecho a deducción.
Fundación Lealtad es un evaluador independiente de ONG. Analizamos la gestión, gobernanza, uso de los fondos, situación económica, voluntariado y transparencia de las ONG. Para que puedas colaborar con garantía y realizar una donación eficaz.
Suscríbete a nuestro boletín
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y demás normativa aplicable, respecto del tratamiento de datos se informa de lo siguiente: Responsable: Fundación Lealtad 2001 (CIF G82938002). Finalidades: Atender sus consultas y remitirle la información que pueda ser de su interés, así como mantener la relación que se pueda establecer con ONG, donantes, empresas e instituciones públicas y enviar información acerca de las iniciativas, novedades y eventos propios. Derechos: Acceder, rectificar, limitar, suprimir, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos dirigiendo correo electrónico a fundacion@fundacionlealtad.org. Más información pinchando aquí.